Estos son los derechos de un Refugiado.

Creo que no es sólo la opinión de DDHH Abogados, sino que casi es un hecho demostrado el que a todos los estados les encanta firmar todos los acuerdos internacionales que se le pongan por delante en favor de todos los derechos y libertades de cualquier tipo. No lo dudan. Los firman todos. Como si ello no conllevase luego ningún tipo de obligación, y como si el derecho internacional, en este caso el derecho internacional humanitario, fuera simple papel mojado, y a la hora de la verdad pudieran eludir sus responsabilidades.

La realidad es que los tratados internacionales forman parte de la ley que cada pais ha de respetar y cumplir, y por ese motivo hemos de exigir, no sólo a España, sino a la comunidad internacional, el cumplimiento real de los mismos, y con ello el respeto absoluto de los derechos que toda persona, por el hecho de serlo, tiene. Y en este caso, con mayor motivo en tanto que son personas que están huyendo de una guerra que está acabando con la vida de su población civil.

Es por ello que desde DDHH ABOGADOS queremos aportar un granito de arena, exponiendo algunas ideas que alimenten el debate y conocimiento sobre la materia.

Refugiados Sirios, huyendo de un país en grave conflicto bélico.

Pero, ¿qué se entiende por refugiado?.

De acuerdo con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, un refugiado es una persona que debido a fundados temores de que su vida o integridad esté en peligro en el pais del que es nacional, busca fuera de sus fronteras, protección.

Y a fin de otorgarle dicha protección, existen instrumentos internacionales que amparan dicha situación y que han sido firmados por todos los estados europeos. Así, tenemos a nivel internacional:

  • Declaración de las Naciones Unidas sobre Asilo Territorial (1967)
  • Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (1967)
  • Acta final de la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y de los Apátridas (1951)
  • Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951)
  • Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (1950)

Y a nivel europeo:

  • Directiva de la Unión Europea de 2004 relativa a los standares mínimos para la cualificación y el status de nacionales de terceros países y refugiados así como personas que sea necesario garantizar su protección.
  • Recomendación 773 de 1976 del Consejo de Europa relativa a la situación de facto de los refugiados

Las garantías fundamentales, o principios que rigen a nivel universal y con los que se pretenge darles protección:

  1. No devolución: Esto significa, por ejemplo, que es contrario a derecho la devolución en caliente por la cual se devuelve a sus paises a estas personas que buscan protección, sin un proceso con las debidas garantías, y sin posibilidad, por ejemplo, de recurrir sus expulsiones.

2. Derecho a Asilo.

3. No discriminación en razón de la etnia o nacionalidad de la persona que acude a fin de ser refugiado.

4. Unidad familiar, en tanto que se ha de propiciar que las familias refugiadas se reunifiquen en un mismo lugar.

5. Soluciones duraderas. Esta necesidad nace en tanto que hemos de ser conscientes de que la situación en los países de donde son originarios estos refugiados, (que no sólo son sirios), pueden tardar muchos años en tener la oportunidad de volver a sus países, dado que las situaciones de conflicto suelen preverse permanecerán aun por mucho tiempo. Y es por ello que este es un aspecto esencial de entender, y es el que explica el esfuerzo de integración en la sociedad ha de hacer tanto el refugiado como el pais que le otorga dicho estatuto.

Repatriación voluntaria

En el futuro, habrá de propiciarse la repatriación voluntaria, esto es, que el refugiado pueda volver a su lugar de origen desde el momento que desaparezcan las causas por las que tuvo que salir. Es por ello que en la medida de lo posible, se ha de interceder en la consecución del fin del estado de conflicto bélico que origina el éxodo masivo.

Y es que, los problemas bélicos en Siria, o situaciones como las de Serbia o Eritrea, entre otros muchísimos, son realidades a las que no se puede volver la cara por parte de Europa, dado que además de por motivos humanitarios, se ha demostrado que tarde o temprano la realidad nos rodeará para sacudir el rostros con mas fuerza.

Cuanto mas alta sea la barrera que pongamos a estas personas, mas inhumana será su situación y mas trágica será la manera en que lo inevitable se abra camino.

Una vez los refugiados estén en Europa, se ha de propiciar el reasentamiento dentro de Europa, de forma que puedan cambiar su lugar de residencia dentro de Europa a fin de ajustar oferta y demanda laboral, social, familiar y económica.

Pero mientras este equilibrio natural llega, todos los paises europeos han de ser no solamente generosos y éticos, que también, sino legales, y asumir sus responsabilidades jurídico-políticas en tanto que estados firmantes de acuerdos internacionales, por lo que han de satisfacer las políticas de cuotas que desde la comisión europea de establezcan, y a lo que, para perplejidad de quien suscribe, algunos paises europeos de oponen.

Y es por ello que la imagen que queda es la de una Europa que no sabe aparentar la unidad con la que lleva soñando desde que nació. Ni si quiera en temas humanitarios se alcanza consenso. Ni tan siquiera para dar protección a aquellos que huyen de una guerra…por lo que probablemente, de no experimentar un cambio rápido y eficaz la polícita europea en torno a este suceso, pasaremos a la historia de los horrores humanitarios.

Y es que parece hemos olvidado la historia, y aquellos años en los que eran los Hungaros o los españoles (por ejemplo), los que huian de su país para ponerse a salvo de una guerra civil, por miedo a ser asesinados. Simplemente por sobrevivir.

Aunque para sobrevivir, en este caso, han de jugarse la vida por el camino, además de pagar mafias, etc…

Se calcula que han muerto mas de 2.300 personas en este intento de salvar la vida alcanzando Europa, y aun hay a quien le importa mucho mas pensar que el pueblo Sirio le va a dificultar encontrar trabajo en Europa, o que no habrá dinero para gastar en ayuda humanitaria, dada la crisis económica que nos azota.

En nuestra opinión, cuestiones como estas, sin duda a tener en cuenta para otros menesteres, no son argumentos para esgrimir cuando de dar total protección a la vida de un ser humano se trata.

Surgen otras cuestiones sobre este tema, y sobre las que no tenemos respuestas. Por ejemplo:

  • ¿Por qué no aprovechamos este momento histórico de Europa para conversar largo y tendido sobre el papel que juegan los países ricos ante las desgracias que soportan pueblos menos agraciados?.
  • ¿Por qué no provocamos que se escuche a los que ponen voz a los refugiados, tales como instituciones como ACNUR, en lugar de escuchar siempre a los mismos políticos que año tras año vienen demostrando su incompetencia?.
  • ¿Por qué no hablamos también de los derechos que han de tener aquellos otros seres humanos que también se juegan la vida huyendo de otras cosas como el hambre?. ¿Acasos son seres humanos de segundo nivel lo extranjeros que tenemos en España en un limbo jurídico?. Como digo no tengo respuestas, y no tengo idea de qué han de hacer los estados o continentes mas desarrollados para evitar un problema que nace fuera de ellos pero que irremediablemente terminará dentro de ellos.

Lo que sí tengo son algunas opiniones o denuncias:

Para empezar, denunciar el hecho de que países como Hungría consideren delito entrar a su país como refugiado ilegal. Y ello no ya porque sea inhumano, sino porque el artículo 31 de la Convención de 1951 expresamente lo prohíbe. Y sin embargo, nos llegan cifras de cientos de detenidos que van a ser juzgados y que ya están encarcelados en Hungría por entrar en Hungría como refugiado ilegal.

Sin duda, pasará a la historia Hungría con vergüenza por estos episodios. Pero no ha de pasar como anecdota, sino en forma de condena por parte del Tribuna Europeo de Derechos Humanos. También habrá de ser condenada políticamente por el resto de paises a través de la Comisión Europea, y socialmente por todos los que así lo sientan.

Para ello bastaría que cualquiera de los afectados demandase a Hungría ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. O bien puede ser denunciada Hungría por cualquier estado parte… cosa que, que me conste aun no ha sucedido.

Por el momento, el presidente Jean-Claude Juncker afirmó el pasado 9 de septiembre que “la Comisión tuvo que iniciar antes del verano una primera serie de 32 procedimiento de infracción” sobre derecho asilo. “En los próximos días se pondrá en marcha una segunda serie”, indicó. España es uno de los países investigados por la Comisión (en un proceso abierto el año pasado), al igual que Bulgaria, Grecia, Italia, Lituania y Hungría, entre otros.

Y es que, volviendo al caso de Hungría, lo que ha hecho está expresamente prohibido por el artículo 31 de la Convención de 1951, cuando dice:

Artículo 31. — Refugiados que se encuentren ilegalmente en el país de refugio.

  1. Los Estados Contratantes no impondrán sanciones penales, por causa de su entrada o presencia ilegales, a los refugiados…

2. Los Estados Contratantes no aplicarán a tales refugiados otras restricciones de circulación que las necesarias; y tales restricciones se aplicarán únicamente hasta que se haya regularizado su situación en el país o hasta que el refugiado obtenga su admisión en otro país. Los Estados Contratantes concederán a tal refugiado un plazo razonable y todas las facilidades necesarias para obtener su admisión en otro país.

Por suerte, en estas apareció Croacia, abriendo una nueva vía a fin de que los refugiados puedan alcanzar su destino sin tener que pasar por Hungría. Sin duda un ejemplo de solidaridad, humanidad, o simplemente el cumplimiento de la legalidad.

Por mi parte, y por aportar alguna idea constructiva, animaría a los paises Europeos, como por ejemplo España, a que tramitaran el estatuo de refugiado desde las embajadas en Siria, e invitaría a toda Europa a emitir salvoconductos humanitarios que otorguen la seguridad a los refugiados de que serán aceptados, y evitar así avalanchas descontroladas de personas, así como a fin de que no se vean obligados a valerse de las mafias que les cobran miles de euros por viajes en medios de transporte donde tienen que viajar escondidos y donde muy frecuentemente pierden la vida, o como mínimo se la juegan.

Con ello además se posibilitaría que no sólo las personas físicamente mas fuertes pudieran emprender esta inhumana aventura, sino que se posibilitaría una salida “civilizada” de personas mayores que se quedan en contra de su voluntad en un pais donde convivir a diario con la muerte.

Curiosamente España tiene una ley que permite expedir el estatuto de refugiado desde sus embajadas. Sin embargo, pese a que dicha ley tiene unos cuantos años ya desde que naciera, aun no se ha legislado un decreto que la desarrolle, por lo que no tiene aplicación en la realidad… lamentable. Es una solución tan sencilla con la que evitar una catástrofe humanitaria, que no es posible entender cómo no se adoptan soluciones urgentes que terminen con un problema humanitario tan dramático como evitable.

¿En que situación quedarán los refugiados que consiguen acceder a Europa? ¿qué derechos tienen?

La condición de refugiados es un estatuto que han de concederles los estados a donde acudan, y dependerá del pais que los reciba para que tengan unas condiciones concretas u otras, pero en todo caso, se ha de proporcionar alojamiento, manutención, atención social, atención psicológica, así como orientación en la búsqueda de empleo.

Recuérdese que esta protección, inicialemente durará 6 meses, (aunque es prorrogable hasta dos años si el refugiado es considerado de especialmente vulnerable). Pero como digo, tras esos 6 meses donde habrán de hacer un gran esfuerzo por aprender el idioma del pais que les haya acogido, quedarán expuestos a su suerte. Y no lo tendrán nada fácil.

Por supuesto se les garantizan sus derechos de libertad de religión, respeto de sus derechos adquiridos antes de llegar, (por ejemplo, el matrimonio), derecho a la propiedad intelectual, derechos a la propiedad privada; a comprar bienes muebles e inmuebles, derechos de residencia y derecho de trabajo. Se le expedirá documento de identidad, así como el permiso de libre circulación por Europa (sin perjuicio de limitarlo en casos de peligro para la seguridad nacional), derecho a la educación, y demás derechos elementales. Siempre, cuando menos, en las mismas condiciones que las leyes prevean para los demás personas extranjeras que residan en España.

Con estas palabras no pretendo convencer a nadie de nada, pero sí pretendo que se hable y se escuche sobre el tema, dado que no se me ocurre nada mas importante en la vida donde darle vueltas a la cabeza que a que lo que podemos hacer para ayudar al prójimo. O en este caso, a no darle un empujón al prójimo que se haya al borde del precipicio.

Como opinión personal, entiendo que estamos ante una gran oportunidad para Europa de establecer políticas consensuadas en toda la región a fin de prevenir futuras repeticiones de estas oleadas de refugiados, (que las habrá a la vista de los innumerables conflictos bélicos que azotan gran número de paises cercanos). Pero no sólo a fin de estar prevenidos de cara a dulcificar la situación de las personas que habrán de llegar, sino de ser inteligentes y aprovechar la situación para por ejemplo optimizar las necesidades de mano de obra que necesita Europa a la vista del continuo proceso de envejecimiento de nuestra población que sufrimos.

En vez de una tragedia, podríamos estar ante nuevas oportunidades.

La oportunidad de abrir los ojos al mundo. Mas allá de nuestro egoismo, nuestro pueblo, ciudad o pais.

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